Guía para empresas
Todo lo que necesitas saber sobre la norma NT-SGIRPC-SDSAS-001-2-2024 de alerta sísmica: requisitos, equipos autorizados, checklist de cumplimiento y cómo evitar sanciones.
Si tu empresa opera en la Ciudad de México o el Estado de México, es muy probable que la norma de alerta sísmica NT-SGIRPC-SDSAS-001-2-2024 aplique a tu inmueble. Esta guía te explica qué establece, quién debe cumplirla y cómo asegurarte de estar en cumplimiento.
¿Qué es la norma?
La NT-SGIRPC-SDSAS-001-2-2024 es una norma técnica emitida por la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la CDMX. Establece los requisitos para los receptores que reciben y sonorizan la señal del SASMEX dentro de inmuebles.
Evolución de la normativa
El SASMEX se convierte en servicio público. Se crea el sonido oficial de alerta sísmica.
Se instalan transmisores EAS-SAME para difundir la alerta por radiofrecuencia VHF.
Primera norma técnica: NT-SGIRPC-SDAS-001-2021. Las frecuencias 162.400-162.550 MHz se protegen.
Norma actualizada NT-SGIRPC-SDSAS-001-2-2024 con requisitos más estrictos e integración del Protocolo CAP.
¿A quién aplica?
Aplica de manera obligatoria en la Ciudad de México a fabricantes, comercializadores y responsables de inmuebles que deban contar con sistema de alertamiento sísmico.
| Tipo de inmueble | Ejemplos | SiiNA recomendado |
|---|---|---|
| Industria | Fábricas, naves, plantas | Serie S |
| Corporativos | Torres, centros de negocios | L020 |
| Salud | Hospitales, clínicas | Serie S |
| Educación | Escuelas, universidades | L020 |
| Gobierno | Edificios públicos, juzgados | Serie S |
| Comercio | Centros comerciales, hoteles | L020 o Serie S |
| Negocios pequeños | Tiendas, consultorios | L010m |
Requisitos técnicos clave
Receptor VHF SAME/EAS
Frecuencias 162.400-162.550 MHz autorizadas. Sin dependencia de Internet.
Sonido oficial SASMEX
Debe reproducir el sonido oficial certificado, único e inconfundible desde 1993.
Sonorización adecuada
Potencia y altavoces proporcionales al tamaño del inmueble completo.
Protocolo CAP
Integración del Protocolo de Alerta Común como respaldo redundante al VHF.
Respaldo de energía
Batería para operación sin electricidad. SiiNA Serie S: 12 a 72 horas.
Checklist de cumplimiento
¿Tu empresa necesita cumplir con la norma?
Los receptores SiiNA cuentan con autorización oficial de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil.
Equipos que cumplen con la norma
Los receptores SiiNA cumplen con la norma NT-SGIRPC-SDSAS-001-2-2024:
¿Qué pasa si no cumples?
Multas económicas, clausura temporal del inmueble y responsabilidades legales. Los segundos de anticipación permiten evacuar, cerrar válvulas de gas, detener maquinaria y salvar vidas.
Preguntas frecuentes
¿La norma aplica solo en CDMX?
Es obligatoria en CDMX, pero Estado de México, Oaxaca y Guerrero tienen disposiciones similares. El Municipio de Puebla también reconoce al SASMEX.
¿Con qué frecuencia debo hacer simulacros?
Mínimo cada tres meses. El Portal eSiiNA permite programarlos remotamente.
¿Puedo usar una app como sistema de alerta de mi empresa?
No para cumplimiento normativo. Las apps dependen de Internet y no garantizan el tiempo de oportunidad requerido.
¿Cuánto toma la instalación?
SiiNA L010m: minutos (autoinstalación). Serie S con cableado de altavoces: medio día a dos días.
¿El receptor necesita mantenimiento?
Verificación periódica de señal VHF, sonorización, batería y firmware. El Portal eSiiNA permite monitoreo remoto.
¿Qué cambió de la norma 2021 a la 2024?
Requisitos técnicos más estrictos, certificaciones reforzadas y mayor énfasis en integración del Protocolo CAP.
Conclusión
La norma NT-SGIRPC-SDSAS-001-2-2024 garantiza que los sistemas de alerta sísmica realmente protejan a las personas. Cumplir no es solo obligación legal — es responsabilidad hacia quienes transitan por tu inmueble cada día.
Cumple con la norma NT-SGIRPC-SDSAS-001-2-2024
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